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¿Cuánto tiempo tengo para reclamar después de un choque en California?

Revisado por los corredores con licencia de Auto World Insurance Services, Licencia de Corredor de Seguros de California #6005606 · Actualizado octubre 2026
Respuesta cortaDepende de qué reclame y a quién. A la DMV, el SR-1 va dentro de 10 días cuando aplica. Para demandar por lesiones la ley da dos años, y por daños a bienes como su carro, en general tres. Con su propia cobertura de motorista sin seguro, dentro de dos años desde el choque hay que demandar, llegar a un acuerdo o pedir arbitraje por escrito. A su aseguradora, avísele cuanto antes.

"Ya pasaron unos meses, ¿todavía puedo reclamar?" Nos lo preguntan seguido, casi siempre de alguien que esperó porque pensó que el dolor se le iba a quitar o que el otro iba a pagar por su cuenta. Los plazos existen y algunos son cortos. Esta página es información general, no asesoría legal: hay excepciones, y si hay lesiones serias, hable con un abogado pronto.

"¿Qué es lo primero que se vence?"

Lo de la DMV. Si el choque causó más de $1,000 de daño a la propiedad de cualquier persona, o heridos o un muerto, cada conductor presenta el SR-1 dentro de 10 días, tenga o no la culpa. Si hubo heridos o un muerto, el manual de la DMV pide reportarlo también a la policía o a la CHP dentro de 24 horas. Si no presenta el SR-1, le suspenden la licencia.

"¿Y para avisarle a mi aseguranza?"

Su póliza dice cuándo y cómo avisar, en la parte de sus obligaciones después de un accidente. La redacción varía por compañía, pero la idea casi siempre es la misma: pronto. No espere a saber si "va a hacer falta". Avisar no es lo mismo que cobrar, y un aviso tardío le puede costar el reclamo.

"Si me lastimaron, ¿cuánto tiempo tengo para demandar?"

El Código de Procedimiento Civil (sección 335.1) da dos años para demandar por lesiones o por la muerte de una persona causadas por el acto ilícito o la negligencia de otro. Las negociaciones con la aseguradora del otro no detienen ese reloj por sí solas.

"¿Y por el daño a mi carro?"

En general, tres años: la sección 338 del mismo código da ese plazo para demandar por daño a bienes muebles, y un carro es un bien mueble. En la práctica, estos reclamos suelen resolverse con las aseguradoras mucho antes; el plazo es el límite, no la meta.

"¿Y si el otro no traía seguro?"

Ahí el reloj es de su propia póliza. La sección 11580.2(i) del Código de Seguros dice que, para reclamar con su cobertura de motorista sin seguro, dentro de dos años desde el choque tiene que pasar una de estas tres cosas:

"¿Y si me chocó un vehículo del gobierno?"

Ese es el plazo más corto de todos. La sección 911.2 del Código de Gobierno pide presentar el reclamo por lesiones o por daños a bienes personales a más tardar seis meses después de los hechos. Un camión de la ciudad o del condado no se reclama como un carro particular.

"¿La aseguradora me avisa antes de que se venza un plazo?"

El reglamento de reclamos de California pide que la aseguradora le avise por escrito de cualquier plazo en el que se pueda apoyar para negar un reclamo, al menos 60 días antes de que se venza; en reclamos de motorista sin seguro con su propia compañía, al menos 30 días antes. Esto no aplica si usted ya tiene abogado en ese reclamo.

QuéPlazo
SR-1 a la DMV10 días
Reporte a la policía si hubo heridos24 horas
Reclamo contra el gobierno6 meses
Demanda por lesiones2 años
Motorista sin seguro (su póliza)2 años para demandar, acordar o pedir arbitraje
Demanda por daño a su carroEn general, 3 años

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Fuentes oficiales

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Más preguntas de la línea

¿Hablar con la aseguradora del otro detiene el plazo de dos años?

Por sí solo, no. Las pláticas no detienen el reloj de la sección 335.1; si hay lesiones, hable con un abogado antes de que se acerque la fecha.

¿Cómo se pide el arbitraje de motorista sin seguro?

Avisando por escrito a su aseguradora por correo certificado con acuse de recibo, dentro de los dos años desde el choque, según la sección 11580.2(i).

¿El SR-1 es lo mismo que el reclamo a mi aseguranza?

No. El SR-1 va a la DMV y el reclamo a su aseguradora. Puede que le toquen los dos.

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